REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE
JUZGADO VIGÉSIMO PRIMERO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, a los 24 días del mes de Mayo del año dos mil diez (2.010)
Años 200º de la independencia y 151º de la Federación.

Vista la diligencia presentada en fecha 13 de los corrientes, por la parte demandada a través de su apoderado judicial ciudadano WILLIAM MARTÍNEZ VEGAS, Abogado en ejercicio, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 26.208, mediante la cual solicita de este Tribunal que se realice cómputo de los días transcurridos desde el día 3 de Mayo de 2.010 (exclusive) hasta el día 13 de Mayo de 2.010 (inclusive), este Tribunal a los fines de proveer observa que no se señaló si el cómputo solicitado es por días de despacho o por días continuos motivo por el cual NIEGA el pedimento efectuado. ASI SE DECIDE