REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Vigésimo Cuarto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, veintisiete de mayo de dos mil diez
200º y 151º
ASUNTO: AP31-S-2010-002018.-
Vista la diligencia que antecede suscrita por la ciudadana AURA MARINA BARRAGAN DE FIGUEROA, abogada en ejercicio, de este domicilio, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 13.067; actuando en su carácter de Apoderada Judicial de los ciudadanos ALFREDO GONZALVES y MANUEL DE SILVA COSTA, titulares de las cédulas de identidad números 6.142.701 y 1.067.863, respectivamente; en la cual desiste de la presente solicitud de Titulo Supletorio y solicita la devolución de los documentos originales anexos a la misma. El Tribunal, con el objeto de proveer con lo antes expresado acuerda HOMOLOGAR el desistimiento presentado por la parte y su apoderada judicial. Igualmente se ordena la devolución de los documentos originales a la parte que los produjo previa su certificación en autos para lo cual se insta a los ciudadanos ALFREDO GONZALVES y MANUEL DE SILVA COSTA, que consigne copia simple de los precitados documentos para proceder con la devolución. Asimismo se ordena el archivo de la presente solicitud una vez se cumpla con lo ordenado en el auto. Cúmplase.
EL JUEZ TITULAR
ABG. VICTOR DIAZ SALAS.
LA SECRETARIA TEMPORAL
SIKIU SEJIAS.
Lenin