REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE

JUZGADO CUADRAGÉSIMO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA
METROPOLITANA DE CARACAS

Caracas, 14 de mayo de 2010
Año 200° y 151°


ASUNTO N°: AP21-L-2009-003872

Vista la transacción de fecha 27 de Abril de 2010, y su aclaratoria de fecha 5 de mayo de 2010, suscrita por el demandante, ciudadano EDGARDO JOSE MENDOZA RIVERO, titular de la cédula de identidad Nº 13.027.994, debidamente representado por la abogada MARIA V. VALDIVIESO DE GAMEZ, inscrita en el inpreabogado bajo el Nº 20.083, por una parte y por la otra la FUNDACION ESCUELA VENEZOLANA DE PLANIFICACION, representada por la abogada ALEIDI JOSEFINA MARTINEZ PERDOMO, inscrita en el inpreaboagado bajo el Nº 80.386, mediante el cual llegaron a un acuerdo transaccional por la cantidad de VEINTIDOS MIL BOLIVARES (Bs.22.000,00), este Tribunal HOMOLOGA dicha transacción conforme al articulo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo y los artículos 10 y 11 de su Reglamento, dándole efectos de Cosa Juzgada.
LA JUEZ

SADY CARDONA MORENO
LA SECRETARIA

MIGDALIA MONTILLA