REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

EL JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL
ESTADO ARAGUA

EXPEDIENTE Nº 8896-10
SOLICITANTES: OSCAR RAMON YEPEZ SANCHEZ y ESTANIA ASCANIO DE YEPEZ, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-4.474.019 y V-7.197.645, respectivamente, asistidos por el Abogado RAUL E. LAZO MOLINA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 101.295.
MOTIVO: DIVORCIO 185-A


Que el escrito que inició estas actuaciones, fue presentado en este Tribunal por Distribución en fecha Veintinueve ( 29 ) de Enero de Mil Diez ( 2.010 ) y admitida en fecha 05 de Febrero del año 2010, por los ciudadanos OSCAR RAMON YEPEZ SANCHEZ y ESTANIA ASCANIO DE YEPEZ, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-4.474.019 y V-7.197.645, respectivamente, por ruptura prolongada de la vida en común, de conformidad con lo establecido en el Artículo 185-A, del Código Civil Vigente, manifestando que desde hace más de Cinco ( 05 ) años están separados, y que de la unión conyugal procrearon Tres (03) hijos, mayores de edad, de nombres OSCAR DANIEL, SUHEYLIS ROSANA y NELSON JOSÉ YÉPEZ ASCANIO.-
Este Juzgado pasa a decidir la misma con las siguientes consideraciones:

- I -

En éste procedimiento se le ha dado cumplimiento a los trámites legales señalados, en fecha veintiséis ( 26 ) de Marzo de Dos Mil Diez ( 2010 ), se ordenó la notificación de la Fiscal del Ministerio Público, ( folio 11).
Notificada en fecha 06 de Abril del 2010, como quedó la FISCAL SUPERIOR DEL ESTADO ARAGUA, según consta a los folios 12 y 13, y, por cuanto han transcurrido los Diez (10) días de despacho siguientes a su notificación, y no ha comparecido, y de conformidad con lo pautado en el Artículo 185-A del Código Civil , el cual prevé:
“…omissis…si el Fiscal del Ministerio Público no hiciere oposición dentro de las diez audiencias siguientes, el Juez declarará el divorcio en la duodécima siguiente a la comparecencia de los interesados…”.

- II -