REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA


SOLICITANTES: ELIAS RAMON ORTEGA GONZALEZ Y FELICIA
MARGARITA AYALA VIANA
MOTIVO: DIVORCIO 185-A
EXPEDIENTE Nº:10.354
SENTENCIA: DEFINITIVA
En fecha 14 de Diciembre de 2009, los Ciudadanos ELIAS RAMON ORTEGA GONZALEZ Y FELICIA MARGARITA AYALA VIANA, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, cónyuges, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. 3.436.631 Y 4.226.232 respectivamente, asistidos por la abogada Naudis Coromoto Martínez, inscrita en el INPREABOGADO bajo el Nº 86.909, presentaron escrito de solicitud de divorcio por ruptura prolongada de la vida en común, de conformidad con lo establecido en el Artículo 185-A del Código Civil vigente, manifestando que desde hace más de cinco (05) años están separados y que de la unión conyugal no procrearon hijos.
Admitida la solicitud en fecha 26 de Enero de 2010, se ordenó la notificación de la Fiscal del Ministerio Público del Estado Aragua en Materia de Familia, quien mediante diligencia estampada en fecha 19 de marzo de 2010, manifestó no tener objeción alguna a la solicitud de divorcio formulada.