REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA


SOLICITANTES: MINERVA ELENA MORGADO y RAFAEL ENRIQUE MANZABEL
SANCHEZ
MOTIVO: DIVORCIO 185-A
EXPEDIENTE Nº:10397
SENTENCIA: DEFINITIVA

En fecha 12 de Enero de 2010 los Ciudadanos MINERVA ELENA MORGADO y RAFAEL ENRIQUE MANZABEL SANCHEZ, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, cónyuges, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V- 12.141.975 y V- 9.663.673 respectivamente, asistidos por el abogado ELIEZER TORRES ALVAREZ inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nº 78.821 presentaron escrito de solicitud de divorcio por ruptura prolongada de la vida en común, de conformidad con lo establecido en el Artículo 185-A del Código Civil vigente, manifestando que desde hace más de quince (15) años están separados y que de la unión conyugal no procrearon hijos.
Admitida la solicitud en fecha 10 de Febrero de 2010, se ordenó la notificación de la Fiscal del Ministerio Público del Estado Aragua en Materia de Familia, quien mediante diligencia estampada en fecha 12 de mayo de 2010, manifestó no tener objeción alguna a la solicitud de divorcio formulada.