REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA


SOLICITANTES: JOSE DE LA CRUZ BOLIVAR RUIZ y IRMA TERESITA
GONZALEZ DE BOLIVAR
MOTIVO: DIVORCIO 185-A
EXPEDIENTE Nº:10433
SENTENCIA: DEFINITIVA

En fecha 19 de febrero de 2010 los Ciudadanos JOSE DE LA CRUZ BOLIVAR RUIZ y IRMA TERESITA GONZALEZ DE BOLIVAR, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, cónyuges, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V- 2.791.847 y V- 4.504.624 respectivamente, asistidos por el abogado YOSMAR CASTRO TORO, inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nº 52.129 presentaron escrito de solicitud de divorcio por ruptura prolongada de la vida en común, de conformidad con lo establecido en el Artículo 185-A del Código Civil vigente, manifestando que desde hace más de cinco (05) años están separados y que de la unión conyugal procrearon dos hijos mayores de edad actualmente.
Admitida la solicitud en fecha 15 de marzo de 2010, se ordenó la notificación de la Fiscal del Ministerio Público del Estado Aragua en Materia de Familia, quien mediante diligencia estampada en fecha 12 de mayo de 2010, manifestó no tener objeción alguna a la solicitud de divorcio formulada.