REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA
SOLICITANTES: CARMEN THAIDE CORONIL SANCHEZ Y WILLIAM ZOWOIN
SALGADO MOTIVO: DIVORCIO 185-A
EXPEDIENTE Nº:10102
SENTENCIA: DEFINITIVA
En fecha 12 de Junio de 2009 los Ciudadanos CARMEN THAIDE CORONIL SANCHEZ Y WILLIAM ZOWOIN SALGADO, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, cónyuges, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. 7.265.010 y V- 4.546.881 respectivamente, asistidos por la abogada SOL GONZALAZ DE LUGO, inscrita en el INPREABOGADO bajo el Nº 79.258 presentaron escrito de solicitud de divorcio por ruptura prolongada de la vida en común, de conformidad con lo establecido en el Artículo 185-A del Código Civil vigente, manifestando que desde hace más de cinco (05) años están separado y que de la unión conyugal no procrearon hijos.
Admitida la solicitud en fecha 23 de Septiembre de 2009, se ordenó la notificación de la Fiscal del Ministerio Público del Estado Aragua en Materia de Familia, cuya resulta corren insertas a los folios 7y 8.
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