REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA
SOLICITANTES: MIRNA JOSEFINA LOMBANO BOLÍVAR y HEIDY
NARCISO GARCIA MORALES
MOTIVO: DIVORCIO 185-A
EXPEDIENTE Nº:10.399
SENTENCIA: DEFINITIVA
En fecha 26 de Enero de 2010 los Ciudadanos MIRNA JOSEFINA LOMBANO BOLÍVAR y HEIDY NARCISO GARCIA MORALES, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, cónyuges, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. 7.272.899 y V- 9.693.455 respectivamente, asistidos por la abogada Elsa Guerra Corona, inscrita en el INPREABOGADO bajo el Nº 109.265 presentaron escrito de solicitud de divorcio por ruptura prolongada de la vida en común, de conformidad con lo establecido en el Artículo 185-A del Código Civil vigente, manifestando que desde hace más de Dieciséis (16) años están separados y que de la unión conyugal no procrearon hijos.
Admitida la solicitud en fecha 10 de Febrero de 2010, se ordenó la notificación de la Fiscal del Ministerio Público del Estado Aragua en Materia de Familia, quien mediante diligencia estampada en fecha 16 de marzo de 2010, manifestó no tener objeción alguna a la solicitud de divorcio formulada.
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