REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



PODER JUDICIAL
JUZGADO SUPERIOR PRIMERO DEL TRABAJO
DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA
Maracay, 10 de mayo de 2010
200° y 151°

ASUNTO: DP11-R-2010-000118
ACTA
PARTE ACTORA: ARMANDO JOSE CAÑAS, titular de la cédula de identidad N° V- 13.578.055.

PARTE DEMANDADA: VIGILANTES INDUSTRIALES BARQUISIMETO C.A. (VIBARCA)

APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: Abogado ANDRES MONTAÑO LANUZA, Inpreabogado N° 116.267.

APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: Abogado ELIO ANTONIO ALVARADO, Inpreabogado Nos. 91.627.-

MOTIVO: RECURSO DE APELACION.-


En el día de hoy 10 de mayo de 2010, siendo las nueve y treinta de la mañana (09:30 a.m.), oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Oral de Parte prevista en el artículo 163 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, con motivo de la apelación interpuesta por el Abogado ANDRES MONTAÑO LANUZA, Inpreabogado N° 116.267, en contra de la decisión proferida por el Juzgado Primero de Primera Instancia de juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en fecha 07 de abril de 2010. Se anunció el Acto a las puertas del Tribunal, estando presentes el Ciudadano Juez Superior Dr. José Felipe Montes Navas, la Secretaria Abogada Jocelyn C. Arteaga Z. y el Alguacil Eduardo Arias, se declaró abierto el Acto. Seguidamente la Secretaria deja constancia de la incomparecencia de la parte actora, hoy recurrente, quien no se hizo presente ni por sí ni por medio de apoderado judicial alguno. Asimismo se deja constancia de la comparecencia del Abogado ELIO ANTONIO ALVARADO, Inpreabogado Nos. 91.627, en su carácter de Apoderado Judicial de la Parte Demandada. En virtud de la Incomparecencia de la parte actora y recurrente en apelación a la audiencia oral de parte pautada para este día a las 9:30 a.m.; este Tribunal declara: PRIMERO: DESISTIDO, el recurso ejercido contra la decisión indicada supra. Remítase el presente expediente y copia certificada de la presente acta, al Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, una vez vencido el lapso de Ley, a los fines del cierre y archivo del presente expediente. Asimismo se le ordena remitir copia certificada de la presente acta al Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio de esta Circunscripción Judicial a los fines de su conocimiento y control. SEGUNDO: No hay condenatoria en Costas, todo ello de conformidad con el artículo 164 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Se deja constancia que la presente Audiencia Oral fue reproducida en forma audiovisual de conformidad con el Artículo 166 ejusdem. Es todo. Terminó, Se leyó y conformes firman.
EL JUEZ SUPERIOR,

DR. JOSÉ FELIPE MONTES NAVAS.

EL APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA,


LA SECRETARIA,
ABOG. JOCELYN C. ARTEAGA Z.
JFMN/JCAZ.