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En horas de despacho del día de hoy, Primero (01) de Noviembre de 2010, siendo las 10:00 de la mañana, día y hora fijados para que tenga lugar la celebración de la audiencia en el presente juicio, de conformidad con lo establecido en el artículo 488-A de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, por motivo de PRIVACIÓN DE GUARDA Y CUSTODIA, interpuesto por el ciudadano RAFAEL ERNESTO LEAL MARTINEZ en contra de la ciudadana WENDYS ROSMERY ROJAS. Se abrió el acto previo anuncio dado a las puertas del Tribunal por el Alguacil del mismo, haciéndose constar que al presente acto no compareció ni la parte recurrente ni la parte actora. El Tribunal deja constancia que no se cuenta con los medios de reproducción audiovisual para la presente audiencia, y se procederá a suscribir la presenta acta en defecto de ello, todo de conformidad con lo preceptuado en el artículo 488-E de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. El Tribunal hace saber que la parte recurrente no presentó el escrito de formalización correspondiente. En este estado esta Superioridad declara los efectos a que se contraen los artículos 488-A y 488-C de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, aunado al hecho de que de la revisión exhaustiva de las actas procesales no se denotan violaciones de normas de orden público ni que afecten las buenas costumbres. Por los razonamientos que anteceden este Tribunal Superior en lo Civil, Mercantil, Transito, Bancario y de Protección de Niños Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas de conformidad con las normas ut supra citadas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Declara: PERECIDO EL RECURSO, y en consecuencia DESISTIDA LA APELACIÓN, ejercida por la Abogada en ejercicio SANDRA SOSA S., titular de la cédula de identidad Nro. 14.423.498, inscrita en el INPREABOGADO bajo el No. 127.222, quien actúa con el carácter de Apoderada Judicial de la ciudadana WENDYS ROSMERY ROJAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V.- 12.153.486 en contra de la decisión de fecha 17 de Marzo de 2010, emitida por el Juzgado de Protección de Niños, Niñas y Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas. Es todo.
EL JUEZ PROVISORIO



LA SECRETARIA




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