REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL Y MERCANTIL

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS. MATURIN, DOCE (12) DE NOVIEMBRE DE AÑO DOS MIL DIEZ.
200 y 151º

Visto el desistimiento suscrito por la ciudadana: MILAGROS DEL VALLE HERNANDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 12.155.169, debidamente asistida por la abogada en ejercicio, MARY ARCIA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 13.056.281, inscrita en el inpreabogado bajo N° 102.312, parte demandante en el juicio de Liquidación y Partición de la Comunidad Conyugal y por cuanto la misma no es contraria a derecho, ni lesiona los derecho de ninguna de las partes y versa sobre derecho disponible, es por lo que este Tribunal PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, de conformidad con los artículos 12 y 263 del Código de Procedimiento Civil, le imparte su aprobación y homologa dicho acto en todas y cada una de su partes en los términos acordados por los contendiente.-

Dr. ARTURO JOSE LUCES TINEO,
JUEZ SUPLENTE ESPECIAL,
LA SECRETARIA
ABOG. YOHISKA MUJICA
Aura-exp-32152