REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL Y MERCANTIL
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS. MATURIN, VEINTITRES DE NOVIEMBRE DE DOS MIL DIEZ.
200º y 151º
Vista la anterior diligencia, suscrita por el abogado en ejercicio de este domicilio, MIGUEL RONDON, inscrito bajo el Nro.25.846, actuando en su carácter de Apoderado legal del ciudadano URBANO DE JESUS DIAZ, donde solicita la ejecución de la Sentencia. Y de una revisión de las actas que conforman la presente causa, se observa que este Tribunal dictó Sentencia definitiva el día quince de Noviembre de presente año dentro del lapso de ley establecido, por cuanto han transcurrido para la fecha de la solicitud solo cuatro (04) días de Despacho, mal puede este Tribunal acordar la ejecución de la sentencia, sin haber transcurrido íntegramente el termino de cinco (05) que tienen las partes de apelar por no estar conforme con las mismas, tal y como lo establece el artículo 298 del Código de Procedimiento Civil, es por lo antes expuesto que se niega lo solicitado. Así se decide.
ABOG. ARTURO JOSE LUCES TINEO,
JUEZ SUPLENTE ESPECIAL.
LA SECRETARIA,
ABG. YOHISKA MUJICA LUCES.
Exp: 32.057.
Vta.