REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL Y MERCANTIL
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS. MATURIN, OCHO DE NOVIEMBRE DE DOS MIL DIEZ
200º y 151º
Vista la transacción celebrada de conformidad con el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil, suscrita por el ciudadano AXEL TRUJILLO, venezolano, mayor de edad, Abogado en ejercicio, inscrito en el Inpreabogado bajo el No, 91.738, actuando con el carácter de Apoderado Judicial del ciudadano FLORIAN BRECHEMER, parte demandada; y el ciudadano GIAMCARLO GIUSTI C., venezolano, mayor de edad, Abogado, titular de la cédula de identidad N° V- 6.249.552, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 24.253, de este domicilio, actuando con el carácter de Apoderado Judicial de la ciudadana MARITZA VERA VALOR, parte demandante; en el juicio que por COBRO DE BOLIVARES (vía intimación), tiene incoado por ante este Tribunal, la segunda contra el primero de los nombrados; y por cuanto la misma no es contraria a derecho, ni lesiona los derechos de ninguna de las partes y versa sobre derechos disponibles, es por lo que este Tribunal PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, de conformidad con los artículos 12 y 256 del Código de Procedimiento Civil, le imparte su aprobación y homologa dicho acto en todas y cada una de sus partes y le da carácter de sentencia pasado con autoridad de cosa juzgada. Expídanse por secretaría las copias certificadas solicitadas. Cúmplase.-
ABOG. ARTURO JOSE LUCES TINEO
JUEZ SUPLENTE ESPECIAL
LA SECRETARIA,
ABOG. YOHISKA MUJICA
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.-Conste
La Stria.
Exp. 31.371
tula