Comisión: 05431
CARMELO ANTONIO FIORELLO RAFA y JOSE DANIEL FIORELLO RAFFA/ SOROCOIMA JOSE ASCANIO CABELLO
En horas de Despacho del día de hoy 18 de Noviembre de 2010, siendo las 11:59 a.m, se traslado el Juzgado Segundo Ejecutor de Medidas de los Municipios Maturín, Púnceres, Bolívar, Piar y Santa Bárbara de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, acompañados por el abogado en ejercicio GIOVANNY PERUGINI DOMINGUEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro.47.191, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandante CARMELO ANTONIO FIORELLO RAFA y JOSE DANIEL FIORELLO RAFFA, a los fines de practicar la Medida de EMBARGO EJECUTIVO, decretada por el Tribunal Comitente en el juicio de COBRO DE BOLIVARES (VIA INTIMACION), intentado contra SOROCOIMA JOSE ASCANIO CABELLO, y siendo las 12:59 p.m, se constituyó el Tribunal en la siguiente dirección: Urbanización Fundemos, casa Nº 210, de esta Ciudad de Maturín, del Estado Monagas. Acto seguido interviene la parte actora: Solicito se difiera la práctica de la presente medida, por cuanto en el lugar no se encuentra ninguna persona y la puerta esta cerrada. Es todo. Acto seguido interviene el Tribunal y expone: Visto lo solicitado en este acto por la parte actora, este Tribunal acuerda de conformidad lo solicitado. Es todo. Sin más diligencias que practicar se da por concluido el presente acto dejando constancia que la practica de la presente medida no genero arancel o tasa alguna por parte de Tribunal de conformidad con lo establecido el los artículos 26 y 254 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.- Terminó, se leyó y conformes firman, siendo las 2:00p.m. La Juez Suplente Especial La parte actora
La Secretaria