REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas, 23 de Noviembre de dos mil diez
200º y 151º

Por recibido y vista la anterior Acción de AMPARO CONSTITUCIONAL incoada por el abogado Lucio Atilio García, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 5.563, en su carácter de apoderado judicial del ciudadano MANUEL TIMOTEO DE ABREU, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-6.165.509, así como los recaudos acompañados y los alegatos esgrimidos en el mismo, en los cuales el solicitante considera que existe violación de sus derechos constitucionales, el Tribunal de conformidad con lo establecido en los artículos 26, 27 y 55, de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en concordancia con los artículos 1 y 2 de la Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales, la ADMITE cuanto ha lugar en derecho.
En consecuencia, se ordena la notificación del presunto agraviante JUZGADO QUINTO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, en la persona de la Juez de dicho despacho ciudadana YECZI PASTORA FARÍA DURAN. Igualmente, se ordena la notificación de la parte demandada en la demanda principal que motivó el presente amparo, ciudadana ROSA CECILIA ACERO ESAA, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° V-3.161.933, a los fines que se sirvan concurrir a este juzgado, a objeto de que tengan conocimiento sobre el día y la hora en que se celebrará la audiencia oral y pública, la cual tendrá lugar tanto para su fijación como para su celebración, dentro de las NOVENTA Y SEIS (96) horas computadas a partir de la última notificación efectuada conforme a la sentencia Nº 7, dictada por el Tribunal Supremo de Justicia en Sala Constitucional de fecha 01-02-2000, bajo la ponencia del Magistrado Dr. Jesús Eduardo Cabrera.
Se ordena la notificación de la apertura del presente procedimiento, tal como lo establece el artículo 5 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales al Ministerio Público, en la persona del Director en lo Constitucional y Contencioso Administrativo. Acompáñese tanto al oficio dirigido al Ministerio Publico, como a las boletas de notificación de los presuntos agraviantes copia certificada del escrito de la solicitud de amparo y del presente auto de admisión previo suministro de los fotostátos correspondientes los cuales deberán ser consignados por la parte presuntamente agraviada mediante diligencia. Líbrense boletas de notificación y oficio. Hágase entrega de los mismos a la Unidad de Alguacilazgo de este Circuito Judicial, a los fines de que el Alguacil encargado practique las diligencias correspondientes.
La Juez

María Rosa Martínez Catalán
La Secretaria

Norka Cobis Ramírez

N° de asunto: AP11-O-2010-000153
Asistente que realizó la actuación: Waleska.-