REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Trigésimo (30°) de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, 01 de noviembre de 2010
200º y 151º



ACTA


N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2009-004997
PARTE ACTORA: MANUEL ROBERTO GONZALEZ GOMEZ
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: LUIS RIZEK
PARTE DEMANDADA:
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Trigésimo (30°) de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, 01 de noviembre de 2010
200º y 151º



ACTA


N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2009-004997
PARTE ACTORA: MANUEL ROBERTO GONZALEZ GOMEZ
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: LUIS RIZEK
PARTE DEMANDADA: ALCALDIA DEL MUNICIPIO LIBERTADOR DEL DISTRITO CAPITAL
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: JESMAR RODRIGUEZ
MOTIVO: CALIFICACIÓN DE DESPIDO

En el día hábil de hoy uno (1) de noviembre de dos mil diez (2010), siendo la oportunidad fijada para que tenga lugar la reanudación de la Audiencia Preliminar en el presente juicio, se deja constancia de la comparecencia de la parte demandada en la persona de la ciudadana JESMAR RODRIGUEZ, abogada en ejercicio, inscrita en el IPSA bajo el N° 114.768, apoderada judicial de la ALCALDIA DEL MINUCIPIO LIBERTADOR DEL DISTRITO CAPITAL, debidamente acreditada en autos; se deja expresa constancia de que la parte actora no compareció ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno a la realización de la Audiencia Preliminar, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 151 ° y 200 °.


El Juez

Abg. Juan Carlos Medina
La apoderada de la demandada



La Secretaria



APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: JESMAR RODRIGUEZ
MOTIVO: CALIFICACIÓN DE DESPIDO

En el día hábil de hoy uno (1) de noviembre de dos mil diez (2010), siendo la oportunidad fijada para que tenga lugar la reanudación de la Audiencia Preliminar en el presente juicio, se deja constancia de la comparecencia de la parte demandada en la persona de la ciudadana JESMAR RODRIGUEZ, abogada en ejercicio, inscrita en el IPSA bajo el N° 114.768, apoderada judicial de la ALCALDIA DEL MINUCIPIO LIBERTADOR DEL DISTRITO CAPITAL, debidamente acreditada en autos; se deja expresa constancia de que la parte actora no compareció ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno a la realización de la Audiencia Preliminar, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 151 ° y 200 °.


El Juez

Abg. Juan Carlos Medina
La apoderada de la demandada



La Secretaria