REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO, DE PROTECCIÓN Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA
La Victoria, 18 de Noviembre del 2.010
200° y 151°

Expediente N°: 23.335
Demandante: Mayra Alejandra Mijares
Demandado: Wilfre José Díaz Colmenares
Motivo: Homologación de Obligación de Manutención, a favor de su hijo *******

Visto el convenimiento efectuado en fecha 02 de Noviembre de 2010, por ante la Defensoría del Niño y del Adolescentes de la Alcaldía del Municipio José Rafael Revenga del Estado Aragua, en El Consejo, constante de 01 folio útil y sus anexos, los cuales son enviados para su homologación de conformidad con el Artículo 315 de la LOPNA , este Tribunal le da entrada y le asigna el N°: 23.335, de expediente, para su control de archivo, y se aboca al conocimiento de la presente causa , e imparte su homologación al mismo.-
Y por cuanto no hay más diligencias que realizar en este procedimiento, este Tribunal declara terminado el asunto y ordena el archivo del expediente. Cumplase.-
La Jueza Provisoria
Dra. Maira Ziems
La Secretaria
Dra. Jheysa Alfonzo

MZ/JA/Zlma
Exp. Nº: 23.335