REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ESTADO ARAGUA.-
Maracay, 30-11-2010
200° y 151°
Por presentada la anterior solicitud de Separación de Cuerpos y Bienes, por los ciudadanos EMPERATRIZ ELENA INFANTE PONCE Y ANDRES JOEL DELGADO GIL, venezolanos, mayores de edad, identificados con la cédula de identidad números N° V-19.655.152 y V-18.489.804, asistidos por el abogado en ejercicio CRISTOPHER GONZALEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 136.808. Désele entrada, anótese en los libros respectivos y ADMÍTASE cuanto lugar en derecho. Leída la solicitud los comparecientes manifestaron su conformidad, por lo que éste Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA LA SEPARACIÓN DE CUERPOS Y BIENES, todo de conformidad con el Artículo 762 Parágrafo Primero del Código de Procedimiento Civil, entre los ciudadanos EMPERATRIZ ELENA INFANTE PONCE Y ANDRES JOEL DELGADO GIL, antes identificados, cuyo matrimonio se efectuó por ante el REGISTRO CIVIL DE LA PARROQUIA FRANCISCO DE MIRANDA DEL MUNICIPIO FRANCISCO LINARES ALCANTARA DEL ESTADO ARAGUA, en fecha veintidos (22) de diciembre de 2007, bajo el Acta nº 176 , Tomo "II", Folio 68, Año 2007.- Expídanse por secretaría las copias certificadas que soliciten las partes.-
LA JUEZ TEMPORAL,

ABG. NORA CASTILLO LA SECRETARIA,

ABG. MARÍA ÁLVAREZ
En la misma fecha, siendo las 02:00 P.M. horas de la TARDE, se publicó la anterior decisión.-
LA SECRETARIA,

ABG. MARÍA ÁLVAREZ
Exp. N° 12.684-10.
NC/MEA/sllp.