REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN Y SUSTANCIACIÓN Y DEL RÉGIMEN TRANSITORIO DE PROTECCIÓN

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACION, SUSTANCIACIÓN, EJECUCIÓN Y REGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS.

Maturín, 02 de Noviembre del 2010.-
200° y 151°

ASUNTO: JMS-1-S-2010-000914

Vista la solicitud de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS presentada por la ciudadana: MARIANNA DEL VALLE SOSA RIVERO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-17.935.696 y de este domicilio, asistidos por el (la) Abogado (a): DEFENSOR (A) PUBLICO CUARTA PARA EL SISTEMA DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DEL ESTADO MONAGAS, ABOGADO (A): NATHALIE MEZA MORALES, en la cual solicita sea declarado sus hijas: (CUYA IDENTIFICACIÓN SE OMITE DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 DE LA LEY ORGÁNICA PARA LA PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTE), como ÚNICAS y UNIVERSALES HEREDERAS del DE CUJUS: ADRIAN RAFAEL LLOVERA ORTIZ, quien falleció Ab-Intestado el día 10-11-2010. Anexo a la solicitud, Copia Simple de Defunción, Copias Partidas de Nacimiento de sus hijas arriba identificadas, y copia simple de Constancia Concubinaria. La Solicitud fue admitida por el CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACION, SUSTANCIACIÓN, EJECUCIÓN Y REGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS, en fecha 26-10-2010, ordenándose: tomarle declaración a los testigos que presente la parte interesada; compareciendo en fecha 02-11-2010, las ciudadanas: NATHACHA CAROLINA CORDERO TOVAR, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V- 18.651.576 y DOMICILIADA: BOQUERON, AVENIDA 01, CALLE 04, MATURIN ESTADO MONAGAS y YESIKA DEL VALLE CAROLINA NAVARRO VILLARROEL, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-19.875. 374 y domiciliada en: EL PARQUECITO CALLE 03, CASA 151, MATURIN ESTADO MOMAGAS, en su condición de testigos y rindieron sus declaraciones relacionadas a la presente solicitud. Igualmente visto los recaudos acompañados a la solicitud, tales como acta de defunción, partida de nacimiento de los hijos del De Cujus, las declaraciones de las testigos ya mencionadas, de conformidad con lo establecido en el Artículo 517 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, este Ttribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y Régimen Procesal Transitorio de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, en uso de sus atribuciones legales conferidas en el Articulo 177 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, tomando en cuenta el artículo 8 referente al Interés Superior del Adolescente, DECLARA las presentes actuaciones bastante y suficiente para asegurarle a la ciudadana: MARIANNA DEL VALLE SOSA RIVERO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-17.935.696 y de este domicilio y sus hijas: (CUYA IDENTIFICACIÓN SE OMITE DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 DE LA LEY ORGÁNICA PARA LA PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTE), en sus caracteres de concubina e Hijas del De Cujus: ADRIAN RAFAEL LLOVERA ORTIZ, su condición de ÚNICAS Y UNIVERSALES HEREDERAS del De CUJUS ADRIAN RAFAEL LLOVERA ORTIZ, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V. 19.090.383, quedando a salvo los derechos de Terceros. Desvuélvanse todas las actuaciones originales con sus resultas y anótese en el Libro de Solicitudes llevados por ante este Tribunal. Déjese copia de la presente decisión.-
LA JUEZA

Dra. ELINA CIANO DE COOL´S

LA SECRETARIA

ABG. MARIA F. TEPEDINO






ASUNTO: JMS-1-S-2010-000914
UUH.-
Alexandra.-