REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Área Metropolitana de Caracas. Tribunal Sexto (6to) de Primera Instancia de Mediación Sustanciación Ejecución y Régimen Transitorio de Niños Niñas y Adolescentes.
Caracas, 16 de noviembre de dos mil diez (2010).
200º y 151º
ASUNTO: AP51-J-2010-018695
Autorización Judicial para expedir Pasaporte.
Vista la solicitud de Autorización Judicial para Tramitar Pasaporte presentada por la ciudadana MIRIAM MARIA CARVALHO CARVAJALINO, titular de la cédula de identidad número V-16.555.708 a favor del niño SE OMITE EL NOMBRER DE CONF. CON EL ART. 65 DE LA LOPNNA, por el cual solicita autorización para tramitar ante el Servicio de Administración de Identificación, Migración y Extranjería (SAIME), el pasaporte del referido adolescente, asistida de abogado; ahora bien, revisadas como han sido las actas que conforman el presente asunto y por cuanto es un derecho que tiene el niño SE OMITE EL NOMBRER DE CONF. CON EL ART. 65 DE LA LOPNNA, a obtener los documentos públicos que comprueben su identidad, de acuerdo a lo establecido en el artículo 22 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, esta Juez del Tribunal Sexto (6to) de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y Régimen Transitorio de Niños, Niñas y Adolescentes del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, concede AUTORIZACIÓN JUDICIAL SUFICIENTE, a la ciudadana MIRIAM MARIA CARVALHO CARVAJALINO, antes identificada, para que proceda a tramitar ante el Servicio de Administración de Identificación, Migración y Extranjería (SAIME), todo lo concerniente al pasaporte del niño SE OMITE EL NOMBRER DE CONF. CON EL ART. 65 DE LA LOPNNA. Expídanse por Secretaría copias certificadas del escrito de solicitud, de la presente decisión y remítanse anexas a oficio al Coordinador de la Oficina de Atención al Público de este Circuito Judicial, para que sean entregadas a la parte interesada una vez se aporten los fotostatos respectivos.
LA JUEZ,
LA SECRETARIA,
ABG. NURYVEL A. PEÑA GONZÁLEZ.
ABG. KATERY ROJAS.
NP/KR/Briggitte
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