REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SÉPTIMO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÒN Y EJECUCIÓN TANTO DEL NUEVO RÉGIMEN COMO DEL RÉGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA CON SEDE EN LA VICTORIA
La Victoria, siete (7) de octubre de 2010.
200º y 151º
N° DE EXPEDIENTE: DP31-L-2010-000194.
PARTE ACTORA: ANGEL HUMBERTO GRIMALDO COLINA
APODERADA DE LA PARTE ACTORA: NO COMPARECIO.
PARTE DEMANDADA: DISTRIBUIDORA LA AVENIDA DEL CENTRO, C.A.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: MARITZA VILLANUEVA, Inpreabogado No. 54.835.
MOTIVO: CALIFICACIÓN DE DESPIDO.
En el día de hoy, siete (7) de octubre de 2010, siendo las diez (10:00 a.m.) día y hora fijado para que tenga lugar LA AUDIENCIA PRELIMINAR en la presente causa, se hizo el anuncio de Ley a las puertas del Tribunal, se declaro abierto el acto. En este acto se deja constancia que ha comparecido a la misma por la parte demandada la ciudadana abogada MARITZA VILLANUEVA, Inpreabogado No. 54.835, quien consigna original y copia fotostática de poder para que previa certificación sea agregado a los autos y registro mercantil, constante de dos (2) folios útiles y que la parte actora no compareció a la realización de a Audiencia Preliminar ni por si ni por medio de apoderado alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución tanto del Nuevo Régimen como del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, con sede en la ciudad de La Victoria, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO.
Dada, firmada y sellada en la sala de audiencias del Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución tanto del Nuevo Régimen como del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, con sede en la ciudad de La Victoria, a los siete (7) días del mes de octubre del año dos mil diez (2010). Años 200° de la Independencia y 151° de la Federación.
Publíquese, regístrese y déjese copia de la presente decisión.
DIOS Y FEDERACIÓN
LA JUEZA,
VIVIANA ELIZABETH PARRA SILVA,
APODERACIÒN DE LA DEMANDADA LA SECRETARIA,
Abg. LORENA MARIÑO.
LA SENTENCIA ANTERIOR SE PUBLICÓ EN SU FECHA, SIENDO LAS 11:30 a.m.
LA SECRETARIA,
Abg. LORENA MARIÑO.
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