REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE EJECUCIÓN
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo de Primera Instancia Penal en Función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas
Maturín, 11 de Octubre de 2010
200º y 151º
ASUNTO PRINCIPAL : NP01-P-2009-006139
ASUNTO : NP01-P-2009-006139
AUTO ACORDANDO TRASLADO DE PENADO
Vista la solicitud interpuesta por el penado JOSE GREGORIO RENGEL, venezolano, Indocumentado, donde pide a este Tribunal, su traslado voluntario desde el Internado Judicial Penal de Monagas, hasta la cualquier Internado Judicial Penal del País; en virtud de que en este Estado, corre peligro su integridad Física; este Tribunal para decidir lo solicitado observa;
Por mandato Constitucional y legal, es deber del Juez de Ejecución, aparte de ejecutar la pena impuesta, velar por la integridad física de las personas detenidas, en el afán de lograr la reinserción social del penado dentro del establecimiento penal donde se encuentre cumpliendo condena, es por lo que este Tribunal acuerda el traslado del penado identificado ut-supra a la sede del Internado Judicial Penal más cercano, de Puente Ayala, Estado Anzoátegui; autorizando al Director del Internado Judicial Penal del Estado Monagas, para que haga efectivo dicho traslado; hágase lo conducente. Cúmplase.
El Juez
El Secretario
ABG. MILANGELA MILLÁN GÓMEZ
ABG. LUISA V. CABEZA