REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE EJECUCIÓN

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Segundo de Primera Instancia Penal en Función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas
Maturín, 11 de Octubre de 2010
200º y 151º


ASUNTO PRINCIPAL : NP01-P-2009-006139
ASUNTO : NP01-P-2009-006139

AUTO ACORDANDO TRASLADO DE PENADO

Vista la solicitud interpuesta por el penado JOSE GREGORIO RENGEL, venezolano, Indocumentado, donde pide a este Tribunal, su traslado voluntario desde el Internado Judicial Penal de Monagas, hasta la cualquier Internado Judicial Penal del País; en virtud de que en este Estado, corre peligro su integridad Física; este Tribunal para decidir lo solicitado observa;

Por mandato Constitucional y legal, es deber del Juez de Ejecución, aparte de ejecutar la pena impuesta, velar por la integridad física de las personas detenidas, en el afán de lograr la reinserción social del penado dentro del establecimiento penal donde se encuentre cumpliendo condena, es por lo que este Tribunal acuerda el traslado del penado identificado ut-supra a la sede del Internado Judicial Penal más cercano, de Puente Ayala, Estado Anzoátegui; autorizando al Director del Internado Judicial Penal del Estado Monagas, para que haga efectivo dicho traslado; hágase lo conducente. Cúmplase.


El Juez

El Secretario

ABG. MILANGELA MILLÁN GÓMEZ

ABG. LUISA V. CABEZA