REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE DE APELACIONES 2



REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA




CIRCUITO JUDICIAL PENAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN
JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA
DE CARACAS.
CORTE DE APELACIONES
SALA 2

Caracas, 5 de Octubre de 2.010

200º y 151º

PONENTE: ARLENE HERNÁNDEZ RODRÍGUEZ
EXPEDIENTE Nº 3058

Corresponde pronunciarse sobre la prueba en la presente incidencia, en la que las Jueces integrantes de la Sala N° 2 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas: BELKIS ALIDA GARCÍA y ELSA JANETH GOMEZ MORENO, suscribieron Acta de Inhibición, respecto a seguir conociendo la causa Nº 2010-3058, de la nomenclatura de este Juzgado, con sustento en el numeral 7° del artículo 86 del Código Orgánico Procesal Penal.

DE LAS PRUEBAS

Las Jueces inhibidas: BELKIS ALIDA GARCÍA y ELSA JANETH GOMEZ MORENO, acompañaron como sustento de su informe lo siguiente:

- El Copiador de decisiones interlocutorias correspondientes al mes de abril del presente año, con ponencia del Dr. OSWALDO REYES CAMACHO, expediente 2920-10, de fecha 30 de abril de 2010.

Dentro del término establecido en el artículo 96 del Código Orgánico Procesal Penal, SE ADMITE el medio probatorio promovido por las inhibidas, por no aparecer en principio evidentemente impertinente o ilegal; a los fines de su debida apreciación en la decisión de fondo. Y ASÍ EXPRESAMENTE SE DECIDE.

DISPOSITIVA

Esta SALA 2 DE LA CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento:

ÚNICO: SE ADMITE el medio probatorio promovido por las Jueces integrantes de la Sala N° 2 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas: BELKIS ALIDA GARCÍA y ELSA JANETH GOMEZ MORENO, por no aparecer en principio evidentemente impertinente o ilegal a los fines de su debida apreciación en la decisión de fondo. Todo con sustento en el numeral 7° del artículo 86 del Código Orgánico Procesal Penal.

Publíquese, regístrese y déjese copia.


LA JUEZ DIRIMENTE,


ARLENE HERNÁNDEZ RODRÍGUEZ


EL SECRETARIO,


LUIS ANATO


En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.-


EL SECRETARIO,


LUIS ANATO




Exp. Nº. 3058-10
AHR/LA/mfm