En horas de despacho del día de hoy 01 de Octubre de 2010, siendo las 10:00 a.m., se traslado y constituyó este Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios Maturín, Punceres, Piar y Santa Bárbara de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, en compañía del Abogado José Armando Sosa, C.I . Nº 9.654.809, IPSA Nº 48.464, en las instalaciones del Banco Banesco calle 17, Maturín, Estado Monagas. Constituidos en dicho sitio se hizo presente una persona que se identificó como Lucila Campos, C.I. Nº 10.839.591, en su carácter de Gerente de dicha entidad y a quien se le notificó de la misión del Tribunal. Acto seguido la parte ejecutante expone. “Señalo para ser embragada preventivamente la cantidad de un millón doscientos cuarenta y ocho mil ciento treinta y cuatro bolívares con dieciocho céntimos (Bs. 1.248.134,18) de la cuenta corriente Nº 0134-0043-12-0433050703 de la Empresa Arquitecto, C.A y en caso de existir cantidades de dinero se emita cheque de Gerencia a nombre del Tribunal de la causa; reservándome a todo evento el derecho a seguir embargando bienes propiedad de la parte demandada”. Es todo. El tribunal visto lo anterior y habiendo impuesto a la notificada de la práctica de la presente medida se le ordena informar a este Tribunal sobre la disponibilidad de la cantidad aquí señalada para se embargada preventivamente; manifestando la notificada que actualmente la cuenta señalada posee la cantidad de doscientos setenta y cinco mil ciento diez bolívares con trece céntimos (Bs. 275.110,13). El Tribunal visto lo anterior declara embargada preventivamente la cantidad de doscientos setenta y cinco mil ciento diez bolívares con trece céntimos (Bs. 275.110,13) y ordena a la notificada a emitir cheque a nombre del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción judicial del Estado Monagas. Seguidamente la notificada consigna cheque de Gerencia a nombre del Tribunal de la causa por la cantidad de (Bs. 275.086,13). No habiendo otros señalamientos se concluye el acto y se ordena el regreso del a la sede del Tribunal, siendo las 11:10 a.m. es todo, terminó, se leyó y conformen firman.

La Juez La Notificada




La Secretaria El Ejecutante