Comisión: 05403
TOMASA DEL VALLE BETANCOURT DE SENCLER,/AMARILIS JOSEFINA ZERPA.

En horas de Despacho del día de hoy 20 de Octubre de 2010, siendo las 9:50 a.m., se traslado el Juzgado Segundo Ejecutor de Medidas de los Municipios Maturín, Punceres, Bolívar, Piar y Santa Bárbara de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, acompañado por la abogada en ejercicio INES MARTINEZ HIGUEREY, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 96.755, en su carácter de apoderada judicial de la parte demandante TOMASA DEL VALLE BETANCOURT DE SENCLER, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 9.281.886, a los fines de materializar la Medida de Amparo a la posesión legitima a favor de la parte querellante TOMASA DEL VALLE BETANCOURT DE SENCLER, con motivo del Juicio de QUERELLA INTERDICTAL DE AMPARO, decretada por el Tribunal comitente: JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS, sobre un inmueble ubicado en la Urbanización La Llovizna, Manzana 23-A, Nº 12, Zona Industrial, Vía San Jaime Municipio Maturín, del Estado Monagas, alinderado por el NORTE: Con casa que es o fue de Ysmaris Orence; SUR: Con bienhechurías que son o fueron de Rubén Mendoza; ESTE: Áreas verdes y OESTE: Su frente, con calle correspondiente. Y siendo las 10:27 a.m, se constituyo el Tribunal en el inmueble objeto de la presente medida. Acto seguido interviene la parte actora: Solicito se de cumplimiento a lo ordenado por el tribunal comitente. Es todo. Acto seguido interviene el Tribunal, en cumplimiento a lo ordenado por el Tribunal comitente se declara el Amparo a la posesión a favor de la parte querellante TOMASA DEL VALLE BETANCOURT DE SENCLER, arriba identificada. Es todo. Sin más diligencias que practicar se da por concluido el presente acto dejando constancia que la practica de la presente medida no genero arancel o tasa alguna por parte de Tribunal de conformidad con lo establecido el los artículos 26 y 254 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.- Terminó, se leyó y conformes firman, siendo las 11:00 a.m.-
La Juez Suplente Especial,
La apoderada actora
La Persona Notificada


La Secretaria