REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL NUEVO RÉGIMEN PROCESAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS.
Maturín, once (11) de octubre de dos mil diez (2010)
200º y 151º

ASUNTO: NP11-L-2010-000752

En fecha cinco (05) de octubre de 2010, el ciudadano VICENTE EMILIO RAMOS RAMOS C.I. N° 4.041.280 , en su carácter de Coordinador General de la empresa, asistido por la abogada NATACHA GUZMAN GONZALEZ, inscrita en el I.P.S.A. con el N° 89.319 POR parte de la empresa COOPERATIVA R.L. EL GUIREÑO, parte demandada en el presente asunto, consigna en Autos , escrito en el cual consigna pago por la cantidad de BsF 8.000,00 en 2 cheques a favor de las demandantes DIANNELA CAROLINA ROMERO GALLARDO y KRISMARY DEL VALLE ROMERO GALLARDO, y manifiesta a este Tribunal, que el pago es por la totalidad de los conceptos demandados y que cubren las aspiraciones de las demandadas en el presente juicio solicitando dar por concluido el asunto.
Este Juzgado vista la consignación que realiza la parte demandada, en fase de Mediación, considera esta Juzgadora procedente impartir la homologación solicitada al escrito presentado. Así se decide.
DECISIÓN

Visto el escrito presentado por la parte demandada y los argumentos expuestos, este Juzgado Segundo de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, Impartiendo Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley Declara: le imparte su aprobación y homologación en los términos señalados en el escrito y ordena tenerlo como sentencia pasada en autoridad de cosa Juzgada. Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo, en Maturín a los once (11) días del mes de octubre de dos mil diez (2 010). Años 200° de la Independencia y 151° de la Federación.

LA JUEZA

Abogada DERVIS PEREZ MARTINEZ
LA SECRETARIA (O)