REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
PARTE ACTORA: PEDRO GERONIMO PAYTUVI GARRONI.
APODERADO DE LA PARTE ACTORA: VICTOR HUGO RODRÍGUEZ GOYA .
PARTE DEMANDADA: PETRÓLEOS DE VENEZUELA, S.A. (P.D.V.S.A.)
APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA: EDINSON JESUS PATIÑO SILVA
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES
AP21-L-2006-002959.
En el día de hoy Veinticinco (25) de Octubre de 2010, siendo las 11:00 am, comparecieron libre de apremio, los apoderados judiciales de la parte actora, los abogados VICTOR HUGO RODRÍGUEZ GOYA, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los números 4.881, asimismo, compareció el abogado, EDINSON JESUS PATIÑO SILVA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 101.716, en su carácter de apoderada judicial de la Parte Demandada PETRÓLEOS DE VENEZUELA, S.A. (P.D.V.S.A.), dándose así inicio al acto, toma la palabra el representante de la parte demandada Abg EDINSON JESUS PATIÑO SILVA, abogado, e inscrito en el inpre bajo el N° 101.716, quien expone: En aras de dar cumplimiento a los establecido en la sentencia, dictada en fecha 02 de Mayo de 2007, y a los cálculos del experto contable, hago entrega formal, de todos y cada uno de los conceptos laborales que se le adeudan al ciudadano PEDRO GERONIMO PAYTUVI GARRONI, en un pago por Cobro de Prestaciones Sociales, por la cantidad de SESENTA Y DOS MIL CUATROCIENTO SESENTA CON VEINTITRES (Bs 62.460,23), en un cheque de gerencia N° 84030219, de fecha 20 de agosto de 2010, del Banco Mercantil. Por otro lado se deja constancia que ya le fueron entregados las cantidades correspondientes a la Cuenta de Capitalización Individual, y el Fondo de Ahorro, a entera y cabal satisfacción del demandante. Con la entrega de este pago, se deja constancia que mi representada, nada le adeuda al demandante por este ni por ningún otro concepto, y que el trabajador recibe conforme, por lo que solicito al honorable tribunal, que se sirva Homologar el presente acto y proceda a dar por terminado el presente caso, y ordene el cierre definitivo del presente expediente. Es todo. En este estado toma la palabra la representación del trabajador quien expone: En nombre de mi representado, recibo a su entera satisfacción la cantidad especificadas en el cheque que recibo en este acto, solicitando al tribunal, de por concluida la presente causa con el archivo del presente expediente. Es todo. Este tribunal, vista la solicitud hecha por las partes en el presente acto, y por cuantos los mismos, cumplen los requisito que se establecen para un acuerdo, procede a homologar el presente acuerdo, y ordena el archivo y cierre de la presente causa. Esto. Termino.
EL JUEZ
Abg. Félix Manuel Milano
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE ACTORA
APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA
LA SECRETARIA
Abg. VANESSA VELOZ
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