REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
ACTA
N° DE EXPEDIENTE:AP21-L-2010-001469
PARTE ACTORA:ISMAR JOSE CENTENO
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: DAVID RICARDO GUERRERO PEREZ
PARTE DEMANDADA: SERSEPRICA, SERVICIO DE SEGURIDAD PRIVADA, C.A.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: CARLOS AUGUSTO ALVAREZ PAEZ,
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES
Hoy, dieciocho (18) de Octubre de 2010, siendo la 3:00 p.m., día y hora fijado para que tenga lugar la prolongación de la Audiencia Preliminar en el presente juicio instaurado por ISMAR JOSE CENTENO contra SERVICIO DE SEGURIDAD PRIVADA C.A; se deja expresa constancia que solo comparecieron a la misma el ciudadano CARLOS AUGUSTO ALVAREZ PAEZ, abogado, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 48.830, abogado, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 124.444, en su condición de apoderado judicial de la parte demandada y se deja expresa constancia de que la parte actora no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 151 ° y 200 °.
El Juez
El Secretario
Abog. Diego Antonio Araujo Aguilar
Abog. Carlos Moreno
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