ACTA DE PROLONGACIÓN DE LA AUDIENCIA PRELIMINAR
EXPEDIENTE: AP21-L-2010-002902.
LA PARTE ACTORA: ALEXANDRA CAROLINA FERRER MOLINA
LOS APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE ACTORA: EDUARDO BOLIVAR y CARMEN MEDINA.
LA PARTE DEMANDADA: VIVERES MIRAGUA, C.A.
LA APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: LENOR DEL VALLE RIVAS DE LAREZ.
MOTIVO: COBRO DE DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES.
En el día de hoy, martes 26 de octubre de 2010, siendo las 3:00 p.m., día y hora fijados para la celebración de la prolongación de la audiencia preliminar en la presente causa, se anunció dicho acto en la sala de espera del Circuito Judicial del Trabajo del Area Metropolitana de Caracas, y compareció por ante Juzgado Décimo Noveno de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de esta Circunscripción Judicial, la abogada LENOR DEL VALLE RIVAS DE LAREZ, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado, bajo el número 26.227, en su carácter de apoderado judicial de la demandada VIVERES MIRAGUA, C.A.; seguidamente el Tribunal deja constancia de la incomparecencia de la parte actora ciudadana ALEXANDRA CAROLINA FERRER MOLINA, de nacionalidad venezolana, titular de la cédula de identidad N° V-14.935.839, ni por sí ni por medio de apoderados judiciales algunos; en virtud de lo cual este Juzgado Décimo Noveno de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de esta Circunscripción Judicial de la Circunscripción Judicial, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 200° y 151°.
LA JUEZA,
ABOG. JHACNINI TORRES
LA APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA.
EL SECRETARIO,
ABOG. HENRY JESUS CASTRO
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