REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Vigésimo Segundo (22) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, dieciocho (18) de octubre de dos mil diez (2010)
200º y 151º
ASUNTO: AP21-L-2010-004861

Visto el escrito que antecede, contentivo de la transacción presentada por la ciudadana LUSINEY NAZARETH SANCHEZ MANZANO, titular de la cedula de identidad N° 16.342.888, parte actora en el presente procedimiento, debidamente asistido por el abogado JUAN RAFAEL PERDOMO BAZAN, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 87.361, y por el abogado LUIS E. URANGA VARGAS inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 25.022, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada LA POSADA DEL POLLO C.A cancelando esta última la cantidad de QUINCE MIL BOLIVARES FUERTES ( Bs. F 15.000,00), suma esta que es acordada por las partes que es pagada de la siguiente forma: mediante cheques número 00258396, del BANCO VENEZUELA a nombre de la ciudadana LUSINEY NAZARETH SANCHEZ MANZANO, parte actora, por la cantidad de de QUINCE MIL BOLIVARES FUERTES ( Bs. F 15.000,00), los cuales recibe manifestando estar conforme con la cantidad señalada, por todos y cada uno de los conceptos ampliamente detallados en el escrito presentado, en consecuencia este Juzgado Vigésimo Segundo (22) de Sustanciación, Medicación y Ejecución de este Circuito Judicial, visto que el acuerdo al que llegaron las partes no vulnera normas de orden público ni derechos irrenunciables de los trabajadores, LO HOMOLOGA, dándole efecto de cosa juzgada.
LA JUEZ

ABG. LUISA ROSALES


LA SECRETARIA
ABG. MARIA DAVILA
En esta misma fecha se publico y registro la anterior decisión.-
LA SECRETARIA
ABG. MARIA DAVILA