REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Superior Segundo de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, 28 de octubre del 2010
200º y 151º

Visto el error involuntario en el cual incurrió este Tribunal, al dictar auto de Admisión del Recurso Contencioso Tributario Interpuesto por la contribuyente “MICRON, C.A.”, en fecha 19 de julio del 2010, omitiendo la consignación de la boleta de notificación de la Procuradora General de la República, librada en fecha 10 de junio del 2010, en atención a la reforma del supra mencionado Recurso, presentado por el Apoderado Judicial de la empresa antes mencionada; visto el error cometido en el Auto de Admisión de pruebas de fecha 10 de agosto del 2010; este Tribunal con la finalidad de corregir los mencionados errores, ordena:
1. Se revoca por contrario imperio el auto de admisión de fecha 19 de julio del 2010.
2. Se revoca el auto de Admisión de Pruebas de fecha 10 de agosto del 2010.
3. Se ordena reponer la causa al estado de Admisión del Recurso y librar nuevas boletas de notificación.
4. Se deja sin efecto las boletas de notificación libradas en fechas 13 de abril del 2010 y 10 de junio del 2010, a los ciudadanos Procuradora General de la República, Gerente Regional de Tributos Internos de la Región Capital, del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT).
El Juez Titular,



Ricardo Caigua Jiménez
La Secretaria,


Hilmar Elena Rocha Esaá.

Fecha Ut Supra: Se libraron Boletas de Notificación.
La Secretaria,


Hilmar Elena Rocha Esaá.
Asunto: AP41-U-2010-000196.
RCJ/eli.