REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEGUNDO EN LO CIVIL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE LA REGIÓN CAPITAL. Caracas, veintidós (22) de octubre de dos mil diez (2010).
200° y 151
Vista la anterior diligencia estampada por la abogada HERMINIA PELAEZ BRUZUAL, inscrita en el Inpreabogado bajo No. 35.196, actuando en su carácter de apoderada judicial de CARGILL DE VENEZUELA, S.R.L., mediante la cual consignó en siete (7) folios útiles copia certificada de la decisión definitiva, de fecha 17 de julio de 2007, dictada por el Tribunal Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Régimen Procesal del Trabajo de Maiquetía, Estado Vargas; en la cual se HOMOLOGÓ el acuerdo de Oferta Real de Pago, suscrito entre el ciudadano DARWIN ALFONSO BRITO ROMERO y su representada y, en consecuencia solicitó se ordene el cierre y archivo del presente expediente, y verificado como ha sido por este Tribunal el cumplimiento de la sentencia recaída en la presente causa, ordena el cierre del presente expediente y su remisión a la oficina de Archivo Judicial.
EL JUEZ PROVISORIO,
LA SECRETARIA,
D/30
Exp. N° 005863
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