III
DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos antes expuestos, este JUZGADO UNDECIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando justicia en nombre de la República de Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara PERIMIDA LA INSTANCIA, y extinguido el proceso instaurado con motivo de demanda por Resolución de Contrato de Arrendamiento Financiero incoada por Banco de Venezuela contra la empresa REYES & CORDERO, SERVICIOS TÉCNICOS INDUSTRIALES COMPAÑÍA ANÓNIMA, en la persona de su Presidente ciudadano JOSÉ LUIS CORDERO AMAYA, y a los ciudadanos FRANCISCO JAVIER ALVARADO REPILLOZA y JOSÉ LUIS CORDERO AMAYA, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil.
Publíquese y Regístrese.-
Déjese Copia del presente fallo en el copiador de sentencia llevado por este Tribunal.-
Dada, Firmada y Sellada en el Salón de Despacho del Juzgado Undécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. En Caracas, a los once (11) días del mes de octubre de dos mil Diez (2.010). Años 200° de la Independencia y 151° de la Federación.
EL JUEZ,
LA SECRETARIA,

DR. ÁNGEL VARGAS RODRÍGUEZ.
ABG. SHIRLEY CARRIZALES.

En esta misma fecha, siendo las 3:19 PM, previo el cumplimiento de las formalidades de Ley, se publicó y registró la anterior sentencia, dejándose en la Unidad de Archivo la copia certificada a la cual hace referencia el artículo 248 de Código de Procedimiento Civil.
LA SECRETARIA,


ABG. SHIRLEY CARRIZALES.
ASUNTO: AH1B-V-2008-000106.
Nro. Antiguo. 26576
AVR/SC/Eliza.-