En el día de hoy, Trece (11) de Octubre del año Dos Mil Diez (20109), siendo las once de la mañana, se traslado y se constituyo el abogado CARLOS MARTINEZ PERAZA, Juez Cuarto de Municipio Ejecutor de Medidas y su Secretaría, Abogado Josefa Mantilla, en compañía de la apoderada judicial de la parte actora, abogada Cora Farias Altuve, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 10.595, el perito avaluador, ciudadano Rubén Rondon, quien es mayor de edad, venezolano, de este domicilio y titular de la cedula de identidad Nro. V.-11.027.204, quien fuera debidamente designado y juramentado por el Juez de este Tribunal, cuya designación constan suficientemente en el libro respectivo, en la siguiente dirección: apartamento identificado con el No. 74, ubicado en el Piso 7 del Edificio denominado Regency Plaza, Torre A, situado en la intersección de las Avenidas Norte 4 y Norte 5 de la Urbanización Bosque Los Naranjos, Jurisdicción del Municipio Baruta, Estado Miranda, a fin de practicar la medida de ENTREGA MATERIAL decretada por el JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, con motivo del Juicio que por RESOLUCION DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO sigue la ciudadana DALCY JOSEFINA CERRADA BAIARDO contra la sociedad mercantil ODERCO DE VENEZUELA, C.A..-Una vez a las puertas del inmueble el Tribunal procede a dar los siendo atendido el llamado judicial por un ciudadano quien manifiesta ser y llamarse Luís Dona Torriente, quien es mayor de edad, venezolano, de este domicilio y titular de la cedula de identidad No. V.-6.305.500, a quien se le dio lectura del contenido del mandamiento de ejecución, informando el notificado ser el propietario de la sociedad mercantil demandada en este proceso.-Seguidamente el demandado, expone: Procedo en este acto a retirar los bienes de mi propiedad que se encuentran dentro del inmueble bajo mi responsabilidad y riesgo a la siguiente dirección: Quinta Habana, Urbanización Alto Hatillo, Municipio Baruta del Estado Miranda, relevando al Tribunal de cualquier reclamo a que hubiere lugar.-Es todo.-El Tribunal, vista y oída la exposición realizada por el demandado, la solicitud contenida en la misma, con la anuencia de la apoderada judicial de la parte actora, acuerda el traslado de todos los bienes del demandado a la dirección por el aportada bajo su responsabilidad y riesgo.- Seguidamente el Tribunal, dando cumplimiento a la misión encomendada practica la ENTREGA MATERIAL REAL Y EFECTIVA del inmueble constituido por un apartamento identificado con el Nº 74, ubicado en el Piso 7 del Edificio denominado Regency Plaza, Torre A, situado en la intersección de las Avenidas Norte 4 y Norte 5 de la Urbanización de la Urbanización Bosque Los Naranjos, Jurisdicción del Municipio Baruta del Estado Miranda y lo pone en la posesión real y física de la parte actora, sociedad mercantil Oderco de Venezuela, C.A., representada en este acto por su apoderada judicial, abogada Cora Farias Altuve, antes identificada, quien en nombre de sus mandante lo recibe conforme.-Es todo.-En este estado la apoderada judicial de la parte actora, expone: Recibo en este acto en nombre de mi mandante el inmueble objeto de la presente medida completamente libre de bienes muebles, personas, joyas, dinero en efectivo de cualquier denominación y/o documentos comerciales.-Es todo.-El Tribunal, cumplida como ha sido su misión, habilitado como se encuentra para la practica de la presente media previa solicitud del apoderado judicial de la parte actora, concluye la presente actuación y dispone su regreso a la sede, siendo las dos de la tarde.-Es todo, termino, se leyó y conformes firman.-
EL JUEZ TITULAR,
ABG. CARLOS MARTINEZ PERAZA LA APODERADA ACTORA
EL DEMANDADO EL PERITO AVALUADOR
LA SECRETARIA
ABG. JOSEFA MANTILLA
EXP. 10.2822
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