REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE MUNICIPIO OCTAVO EJECUTOR DE MEDIDAS
En el día de hoy, veintiuno (21) de Octubre del año Dos Mil Diez (2010), siendo las nueve de la mañana (9:00 a.m.) se trasladó y constituyó el Tribunal Octavo de Municipio Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a cargo de la Juez Titular, Abogada MARIA CECILIA CONDE MONTEVERDE, en compañía de la Secretario Titular, Abogado JULIO LEON LOPEZ, del Cerrajero EDWIN ESMERAL CUPIDO cedula de identidad Nº 16.032.621, del funcionario Policial del Municipio Sucre del Estado Miranda Agente DARWIN VELEZ, placa Nº 2089 quienes estando presentes se Juramentaron y aceptaron cumplir con sus cargos; del Apoderado Judicial de la Parte Actora, Abogado SIXTO DELGADO FERNÁNDEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 32.780, y en la siguiente dirección: “casa Nº 4 denominada Juana, Ubicada en la quinta (5ta) transversal de la Urbanización El Rosario, Los Chorros de la Jurisdicción del Municipio Sucre del Estado Miranda. ”; a objeto de practicar las medidas de ENTREGA MATERIAL y EMBARGO EJECUTIVO, decretadas por el Juzgado Décimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, por Juicio que por Desalojo y Daños y Perjuicios sigue el ciudadano JUAN CARMELO CHICO CASTELLANO, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, cedula de identidad Nº 4.808.678 en contra la Ciudadana MERCEDES LOPEZ OLARTE, Venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cedula de identidad numero V-4549.198 ASUNTO Nº AH1A-V-2004-000193 (nomenclatura anterior 31.319).- En el lugar Supra-identificado el Tribunal procedió a dar los toques de ley, siendo atendido por la ciudadana: MERCEDES LOPEZ OLARTE, Venezolanos, titulares de las cedulas de identidad números: 4.549.198, a quien NOTIFICA e IMPONE de la Misión del Tribunal, una vez estando en conocimiento expone: todos los bienes que se encuentran en el Inmueble son de su propiedad y que serán trasladados bajo su riesgo y responsabilidad a la siguiente dirección: “ Urb.- Horizonte sector El Marqués calle la Poniente, Qta Giraluna. Desocupado como se encuentra el inmueble libre de bienes y personas èste Tribunal Ejecutor de Medidas en cumplimiento de la misión encomendada hace Entrega Material al Apoderado Judicial de la Parte Actora, Abogado SIXTO DELGADO FERNÁNDEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 32.780, del siguiente inmueble: “casa Nº 4 denominada Juana, Ubicada en la quinta (5ta) transversal de la Urbanización El Rosario, Los Chorros de la Jurisdicción del Municipio Sucre del Estado Miranda.”; quien lo recibe conforme en nombre de su representado, con las llaves de sus puertas principales.- En este estado el Apoderado Judicial de la Parte Actora, expone: Solicito a la Juez se ABSTENGA de practicar la medida de Embargo Ejecutivo acordada en el presente mandato y devuelva la presente comisión al Tribunal de la Causa. “ Vista la exposición del Apoderado Judicial de la parte Actora, este Tribunal Ejecutor se Abstiene de practicar la medida Ejecutiva de Embargo acordada. Cumplido el presente mandato para la cual fui comisionada ordeno se devuelva la comisión con sus resultas al comitente.- Es todo”.- Da por terminado el acto, ordenando el regreso a su sede siendo las (1:30 p.m.) - Terminó, se leyó y conformes firman.-
La Juez Titular
El Apoderado Judicial
De la parte Actora La Notificada,
El Funcionario Policial El Cerrajero
El Secretario Titular
Comisión: 2146-10.-
MCCM/JLL.-