REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
CARACAS, 13 DE OCTUBRE DE 2010.
Años 200° Y 151°
Vista la diligencia suscrita por la abogada Armanda Mercedes Vasquez, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 5396, mediante la cual solicita la citación del Defensor Judicial designado, este Tribunal acuerda lo solicitado de conformidad con lo establecido en el artículo 853 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia líbrese la correspondiente boleta de citación.
EL JUEZ,
DR. VICTOR GONZÁLEZ JAIMES.
EL SECRETARIO.
Abg. RICHARS MATA.
VJG/RM/kelly
Exp. N° 9940
República Bolivariana de Venezuela
En su Nombre
Juzgado Superior Séptimo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, trece (13) de octubre de 2010
Años 200° y 151°
BOLETA DE CITACION
SE HACE SABER:
Al ciudadano Wilson Ramírez Salazar, venezolano, mayor de edad y titular de cedula de identidad Nº 1.352.140, a su apoderado Judicial ciudadano Giovanni Fabrizi D`Alessandro e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 38.170, en su carácter de Defensor Judicial, que por auto de esta misma fecha este Juzgado Superior acordó su citación, en virtud, de haber sido admitida la solicitud de EXEQUÁTUR interpuesta por la ciudadana Libia Barrera de Ramírez, a los fines que sea concedida fuerza ejecutoria en Venezuela al acto de disolución y liquidación de la sociedad conyugal, expedida por las autoridad extranjera firmantes, debidamente apostilladas por el Ministerio de Relaciones Exteriores de la Republica de Colombia en fecha 26 de junio de 2007, y suscrita por el Notario Primero del Circulo de la ciudad de Pereira, Departamento de Risaralda, Republica de Colombia, debidamente apostillada en Bogota; Citación que se le hace a usted, a los fines de que comparezca personalmente o por medio de apoderado hacerse parte en la presente solicitud y una ves que conste la consignación en los autos del presente expediente deberá comparecen dentro de los diez siguientes a su citación todo de conformidad con lo establecido en el articulo 853 del Código de Procedimiento Civil.-
EL JUEZ,
DR. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES
VJG/RM/kl.
Exp. N° 9940