REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL,
MERCANTIL, TRANSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION
JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA
SENTENCIA INTERLOCUTORIA
EXP. N° 09-15601
MOTIVO: INTIMACION DE HONORARIOS PROFESIONALES
DEMANDANTE: RAFAEL DALÍS FREITES venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-627.888, Inpreabogado N° 10.198, actuando por sus derechos profesionales propios.
DEMANDANTE: ALIVA STUMP, C.A. INGENIERIA CIVIL
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: ENRIQUE GUANIPA ACOSTA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-3.119.886.
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Revisadas como han sido las presentes actuaciones y por cuanto se evidencia que en fecha Cinco (05) de Agosto de 2010, el Abogado RAFAEL DALIS FREITES, inpreabogado N° 10.198, en su condición de intimante de honorarios contra la Sociedad de Comercio ALIVA STUMP, C.A., consignó diligencia mediante la cual deja constancia que la demandada ha pagado la totalidad de la deuda pendiente, por lo cual no queda nada que reclamarle por concepto alguno, en tal virtud se declara EXTINGUIDA la Obligación de pago, y se da por terminado el presente juicio de INTIMACION DE HONORARIOS PROFESIONALES. En consecuencia, este Tribunal ordena la desincorporacion de la presente causa, el cierre definitivo y ARCHIVO JUDICIAL del Expediente signado bajo el Número 09-15601, nomenclatura de éste Juzgado. ARCHÍVESE
Dado, firmado y Sellado en la Sala de Despacho del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua. En Cagua, a los 18 días del mes de Octubre de 2010. Años 200° de la Independencia y 151° de la Federación.
EL JUEZ PROVISORIO
Dr. EULOGIO PAREDES TARAZONA
EL SECRETARIO,
Abg. CAMILO CHACON HERRERA
En la misma fecha, previo el cumplimiento de las formalidades de Ley, se publicó y registró la anterior Sentencia, siendo las 12:30 p.m.
EL SECRETARIO,
EXP. N° 09-15601
EPT/cchh/ym.-
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