REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO, DE PROTECCIÓN Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA
La Victoria, 11 de Octubre de 2010
200º y 151
Vistas las actas provenientes de la DEFENSORIA MUNICIPAL DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DEL MUNICIPIO JOSE RAFAEL REVENGA DEL ESTADO ARAGUA, donde en fecha 26-08-2010, celebraron acto conciliatorio los ciudadanos LUIS EDUARDO SALAZAR AVENDAÑO y YANET MAGDALENA SUAREZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nros. V-13.861.575 y V-13.700.550, respectivamente. Habiendo llegado las partes a un acuerdo conciliatorio, de conformidad con lo establecido en los artículos 315 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, a favor de sus hijos ******, """"""""" y ^^^^^^, de 13, 08 y 05 años de edad, respectivamente, y por cuanto dicho acuerdo no es contrario a los Derechos de los niños y adolescente, ni trata sobre asuntos que no es posible la conciliación, este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley HOMOLOGA el presente convenimiento en todas y cada unas de sus partes y así lo hace constar.
LA JUEZA PROVISORIA
DRA. EUMELIA VELÁSQUEZ M
LA SECRETARIA
ABOG. JHEYSA ALFONZO
EXP. N° 23.273
EV/JA/pa
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