REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPERIOR NOVENO DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA REGIÓN CAPITAL CON SEDE EN CARACAS
Caracas, 18 de octubre de 2010
200° y 151°
AUTO PARA MEJOR PROVEER
Revisadas como han sido las actas procesales que la componen, el Tribunal considera necesario dictar el presente auto para mejor proveer, a los fines que la Alcaldía Bolivariana del Municipio Libertador del Distrito Capital, específicamente la Direccion de Recursos Humanos, informe a este Tribunal en que Parroquia se desempeñó como Registradora Civil Parroquial adscrita a la Dirección de Registro Civil de la Alcaldía del Municipio Bolivariano Libertador la ciudadana María del Carmen Albornoz, titular de la cédula de identidad N° V-3.808.715, según resolución N° 830 de fecha 01 de agosto de 2008. Información que deberá remitir dentro de los cinco (05) días de despacho siguiente a la constancia en autos de habérsele notificado. Solicitud que se realiza a tenor de lo previsto en los artículos 401 y 15 del Código de Procedimiento Civil. Líbrese Oficio. Cúmplase.
LA JUEZA SUPERIOR TITULAR,
Dra. MARGARITA GARCÍA SALAZAR
LA SECRETARIA,
ABG. ANNY SOFÍA GARRIDO.
Exp.- 2010-1036
MGS/ASG/opacmanu