Maracay, 11 de Octubre de 2010.
200º y 151º
ASUNTO: DP11-L-2010-000592
ACTA
PARTE ACTORA: JORGE ADALBERTO PINTO, titular de la cédula de identidad Nº V-16.536.638, actuando en nombre propio y representación, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 136.822.-
PARTE DEMANDADA: SERAVIAN, C.A.-
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE DEMANDADA: KEMMLY PRADO y LISSET TORRES, inscritas en el Inpreabogado bajo los Nros 66.061 y 115.449.-
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES
En el día hábil de hoy, 11 de Octubre de 2010, siendo las 11:00 a.m.; siendo la oportunidad de la celebración de la prolongación de la audiencia preliminar, comparecen por ante este despacho, el ciudadano JORGE ADALBERTO PINTO, en su carácter de parte actora y actuando en nombre propio y representación, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 136.822, asimismo, se deja constancia de la comparecencia de la apoderado judicial de la parte demandada SERAVIAN, C.A, abogado LISSET TORRES, todos ut-supra identificados.- Seguidamente, las partes han decidió dar por terminado el presente procedimiento celebrando acuerdo transaccional en los siguientes términos: La parte demandada SERAVIAN, C.A ofrece cancelar a la parte actora ciudadano JORGE ADALBERTO PINTO, la cantidad de NUEVE MIL CUATROCIENTOS SIETE BOLIVAES CON DOCE CENTIMOS (Bs. F. 9.407,12), a través de instrumento bancario Nº 96005749, cuenta cliente Nº 01160179130010292268, contra el Banco Occidental de Descuento, a favor del ciudadano JORGE ADALBERTO PINTO, de fecha 04 de Octubre del presente año; este pago se realiza por los siguientes conceptos: Prestación de antigüedad, intereses sobre la prestación de antigüedad, vacaciones fraccionadas, bono vacacional fraccionado, utilidades fraccionadas, cesta ticket, salarios caídos, Indemnización establecida en el artículo 125 de la Ley Orgánica del Trabajo.- En este estado, el ciudadano JORGE ADALBERTO PINTO, en su carácter de parte actora y actuando en nombre propio y representación, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 136.822, DECLARA: “Acepto el ofrecimiento hecho por la parte accionada SERAVIAN, C.A, por la suma de NUEVE MIL CUATROCIENTOS SIETE BOLIVAES CON DOCE CENTIMOS (Bs. F. 9.407,12), a través de instrumento bancario Nº 96005749, cuenta cliente Nº 01160179130010292268, contra el Banco Occidental de Descuento, a favor del ciudadano JORGE ADALBERTO PINTO, de fecha 04 de Octubre del presente año; este pago se realiza por los siguientes conceptos: Prestación de antigüedad, intereses sobre la prestación de antigüedad, vacaciones fraccionadas, bono vacacional fraccionado, utilidades fraccionadas, cesta ticket, salarios caídos, Indemnización establecida en el artículo 125 de la Ley Orgánica del Trabajo; Así como también declaro, que en esta forma están satisfechos todos los derechos y acciones que hubieran podido corresponderme de acuerdo con la Ley Orgánica del Trabajo en el presente asunto y nada me adeuda la empresa SERAVIAN, C,A.- Solicitamos a este Tribunal el cierre y archivo del presente asunto.- Seguidamente, este Tribunal visto el acuerdo alcanzado entre la partes en el día de hoy, declara concluido la Audiencia Preliminar y deja expresa constancia que dicha acta es producto de la voluntad libre, consciente y espontánea expresada por las partes sin constreñimiento alguno, y en virtud de que dicho acuerdo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, se imparte en este acto la HOMOLOGACION JUDICIAL de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, dándole efecto de cosa juzgada, y se ordena el cierre y archivo del expediente.- Finalmente el ciudadano Juez, ordenó la lectura íntegra de la presente acta quedando así los asistentes debidamente notificados de su contenido. Asimismo, el Tribunal ordena la devolución de las pruebas consignadas por las partes al inicio de la Audiencia Preliminar. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman.
EL JUEZ,
ABOG. JUAN CARLOS BLANCO MUÑOZ
LA PARTE ACTORA.
LA APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE DEMANADADA.-
EL SECRETARIO
ABOG. CARLOS VALERO.-
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