REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

EL JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL
ESTADO ARAGUA


EXPEDIENTE Nº 9165-10
SOLICITANTES: LUIS ENRIQUE GUILLEN y BELIANXI MARGARITA RIVERO ORAMAS, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-3.748.699 y V-8.725.131, respectivamente, asistidos por la Abogado ALEJANDRA FUENTES ARROYO, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 85.691.
MOTIVO: DIVORCIO 185-A

Que el escrito que inició estas actuaciones, fue presentado en este Tribunal por Distribución en fecha catorce ( 14 ) de Diciembre del Dos Mil Nueve ( 2.009 ) y admitida en fecha 07 de Junio del año 2010, por los ciudadanos: LUIS ENRIQUE GUILLEN y BELIANXI MARGARITA RIVERO ORAMAS, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-3.748.699 y V-8.725.131, respectivamente, por ruptura prolongada de la vida en común, de conformidad con lo establecido en el Artículo 185-A, del Código Civil Vigente, manifestando que desde hace más de cinco ( 05 ) años están separados, y que de la unión conyugal no procrearon.-
Este Juzgado pasa a decidir la misma con las siguientes consideraciones:

- I -

En éste procedimiento se le ha dado cumplimiento a los trámites legales señalados, en fecha veintidós ( 22 ) de Septiembre de Dos Mil Diez ( 2010 ), se ordenó la notificación de la Fiscal del Ministerio Público, ( folio 07.).
En diligencia que riela al folio 10, suscrita por la Fiscal del Ministerio Público de fecha veintinueve ( 29 ) de septiembre de Dos Mil Diez ( 2010 ), no realizó objeción alguna.

- II -