REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA


SOLICITANTES: ROJAS VILLASMIL ORLANDO SIMON y AVILA NELLY DEL
JESUS
MOTIVO: DIVORCIO 185-A
EXPEDIENTE Nº:10.634
SENTENCIA: DEFINITIVA

En fecha 01 de Junio de 2010 los Ciudadanos, ROJAS VILLASMIL ORLANDO SIMON y AVILA NELLY DEL JESUS, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, cónyuges, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V- 2.946.736 y V- 3.178.827 respectivamente, asistidos por el abogado Nehomar Quero Tovar, inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nº 140.725 presentaron escrito de solicitud de divorcio por ruptura prolongada de la vida en común, de conformidad con lo establecido en el Artículo 185-A del Código Civil vigente, manifestando que desde hace más de cinco (05) años están separados y que de la unión conyugal no procrearon hijos.
Admitida la solicitud en fecha 15 de Junio de 2010, se ordenó la notificación de la Fiscal del Ministerio Público del Estado Aragua en Materia de Familia, quien mediante diligencia estampada en fecha 18 de Octubre de 2010, manifestó no tener objeción alguna a la solicitud de divorcio formulada.