REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS JOSÉ FÉLIX RIBAS Y JOSÉ RAFAEL REVENGA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA.
La Victoria, 29 de Octubre de 2010
Revisada como ha sido exhaustivamente la presente solicitud de divorcio 185-A, este juzgador evidencia que los Ciudadanos: JOSE FRANCISCO BANDES GUZMAN Y GRISEL DEL VALLE GUEVARA USTARIZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Números V-8.687.475 y V-8.687.730, respectivamente, debidamente asistidos por CAMILO GARBÁN, titular de la cédula de identidad Número V-2.791.072, Abogado de libre ejercicio, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 79.254; manifestaron que durante la unión Matrimonial procrearon dos (02) hijos que llevan por nombres: FRANCISCO GABRIEL y LUIS DANIEL BANDES GUEVARA, quienes actualmente son MAYORES DE EDAD, sin embargo no consignaron copia de cédula de identidad o partida de nacimiento del último de los hijos mencionados, motivo por el cual este tribunal ordena a los solicitantes a que den cumplimiento a lo peticionado, y una vez conste en autos la subsanación este tribunal se pronunciará al segundo día de despacho siguiente. CÚMPLASE.
El Juez temporal,
La Secretaria Accidental,
Abg. Camilo E. Chacón Herrera
Ingrid Mendoza Hinojosa.
Exp. 3866-10.-
CCH
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