REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN Y SUSTANCIACIÓN DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección del Niño, Niña y del Adolescente
Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
y Nacional de Adopción Internacional.
Tribunal Quinto (5to.) de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación
Caracas, veinte (20) de octubre de dos mil diez (2010).
200º y 151º
ASUNTO: AP51-J-2010-012359
Vistas y analizadas como fueron cada una de las actas que conforman el presente asunto y cumplido como han sido los extremos de Ley; este Tribunal, conforme a lo previsto en el artículo 22 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente AUTORIZA SUFICIENTEMENTE a la ciudadana LUIGGY PATRICIA AVILES RETO, titular de la cédula de identidad Nº V-13.312.338 para que pueda tramitar la expedición del pasaporte de su hijo, el niño ------, ante el Servicio Autónomo de Identificación, Migración y Extranjería (SAIME), por lo que queda sustituido por orden de este Tribunal el consentimiento del padre para la expedición del citado documento antes la autoridad competente. Expídase por secretaria copia certificada del escrito de la solicitud y de la presente decisión, para lo cual se INSTA a la parte interesada a consignar los fotostatos correspondientes; una vez cumplido, se proveerá lo conducente. Cúmplase.
LA JUEZ
Abg. AIMAR VALENCIA RIZO.
EL SECRETARIO
Abg. IVAN CEDEÑO.
AVR/IC/Carolina Parra.