REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y
Nacional de Adopción Internacional
Jueza del Tribunal Décimo Tercero (13°) de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación, Ejecución y Régimen Transitorio de Protección de
Niños, Niñas y Adolescentes

Caracas, 19 de Octubre de 2010
200º y 151º
ASUNTO: AP51-J-2010-015559
Vista la solicitud presentada por la ciudadana ELIANT SAGE RONDON LARES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-13.717.543, en su carácter de concubino de la madre de la niña (Se omite su identificación conforme a lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), debidamente asistida por el Abogado ABRAHAM BLANCO, en su carácter de Defensor Público Décimo Sexto (16°) del Niño y del Adolescente; mediante la cual solicita se declare a la referida niña como su Carga Familiar, en virtud de ser quien cubre los gastos de manutención de la referida niña junto a la madre de la misma, este Despacho observa :
En fecha 05 de octubre de 2010, este Despacho Judicial dictó auto admitiendo la presente solicitud por no ser contraria al orden público, a las buenas costumbres ni a disposición expresa de la ley, de igual manera se fijó oportunidad para oír a los testigos promovidos por la solicitante.
En fecha 13 de octubre de 2010, comparecieron las ciudadanas JHONNY ENRIQUE ZAVALA PULGAR y CRUZ GABRIEL HERNANDEZ BASTARDO, ambos venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad N° V-16.439.677 y V-10.278.641, respectivamente, los cuales fueron interrogados sobre el hecho planteado por el solicitante, coincidiendo en sus dichos, sin contradicción alguna en cuanto a que el ciudadano ELIANT SAGE RONDON LARES ha asumido la manutención de la niña XXXX.
En atención a lo anteriormente expuesto, esta Jueza del Tribunal Décimo Tercero (13°) de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación, Ejecución y Régimen Transitorio del Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, considera procedente la solicitud efectuada y en consecuencia se deja constancia para perpetua memoria que el ciudadano ELIANT SAGE RONDON LARES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-13.717.543, en su carácter de concubino de la ciudadana ANGELICA DALILA RODRIGUEZ CAMPOS, titular de la cédula de identidad N° V-12.382.871, madre de la niña XXXX; ha asumido hasta la fecha la crianza y manutención de la misma, quedando en todo caso, salvo los derechos de los terceros, por disposición expresa de los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil. Expídanse por secretaría las copias certificadas, de conformidad con lo establecido en el artículo 112 del Código de Procedimiento Civil. Líbrese oficio a la oficina de atención al público a los fines de remitir lo conducente. Y así se decide.-
LA JUEZA
LA SECRETARIA

ABG. YAQUELINE LANDAETA VILERA
ABG. MARLENE RAMIREZ


AP51-J-2010-015559
YLV/MR/Marjorie