REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación Laboral del Estado Aragua
Maracay, seis de octubre de dos mil diez
200º y 151º

ASUNTO: DP11-L-2010-001042
ACTA

PARTE ACTORA: ENDER ENRIQUE INFANTE POLO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-12.809.857 (NO COMPARECIÓ)
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: (NO CONSTITUYÓ)
PARTE DEMANDADA: TASCA RESTAURANT BODEGON DE SEVILLA C.A
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: ANA DE LA CRUZ RANGEL DELGADO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-4.128.266, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 85.688..
MOTIVO: CALIFICACIÓN DE DESPIDO.

En el día de hoy, siendo las 09:30 a.m. oportunidad fijada para que tenga lugar la audiencia preliminar en el presente juicio, comparece el apoderado judicial de la parte demandada TASCA RESTAURANT BODEGON DE SEVILLA C.A. , la profesional del derecho ANA DE LA CRUZ RANGEL DELGADO venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-4.128.266, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 85.688. Se deja constancia de la incomparecencia de la parte actora JOSÉ LEANDRO APONTE ROJAS y JOSÉ LUIS RODRIGUEZ venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 13.356.561 y V-15.992.820 respectivamente, apoderado judicial ENDER ENRIQUE INFANTE POLO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-12.809.857, ni por si por sí ni a través de apoderado judicial alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Cuarto de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. Se cierra el acto, siendo las 10:00 a.m. del día de hoy. Se leyó, se terminó y conformes las partes presentes firman el Acta.

LA JUEZA,

ABG. SORY DEL VALLE MAITA GONZÁLEZ


REPRESENTANTE LEGAL DE LA PARTE ACCIONADA


LA SECRETARIA,
ABG. LISENKA CASTILLO