REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia Penal en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas
Maturín, 13 de Septiembre de 2010
200º y 151º
ASUNTO PRINCIPAL : NP01-P-2010-005494
ASUNTO : NP01-P-2010-005494
Por cuanto en fecha Diecisiete (17) del Mes de Septiembre del año 2010, se celebró la Audiencia Preliminar en el presente asunto y se ordenó la Apertura al Juicio Oral y Público, seguido contra los acusados VICTOR IVAN MARTINEZ RUIZ Y FREIKE JOSE ROMERO MARTINEZ, es por lo que de conformidad con lo establecido en el artículo 331 del Código Orgánico Procesal Penal, se dicta el auto de apertura a Juicio el cual contiene:
Identificación de los Acusados
VICTOR IVAN MARTINEZ RUIZ, titular de la cédula de identidad N°. 19.914.457, nacionalidad Venezolano, Natural de la Guaira estado Vargas, nacido en fecha 08/09/1991, de 18 años de edad, Ocupación: Obrero, Estado civil: Soltero, hijo de: Rosa Elena Ruiz Torrealba (F) y de Cesar Enrique Martínez (V), domiciliado EN: La Parcela 16 casa n° 23 del Complejo Habitacional Paramaconi, de esta ciudad de Maturín estado Monagas, y FREIKE JOSE ROMERO MARTINEZ, titular de la cédula de identidad N°. 22.836.770, nacionalidad Venezolano, Natural de la Guaira estado Vargas, nacido en fecha 06/07/1989, de 21 años de edad, Ocupación: Obrero, Estado civil: Soltero, hijo de: Neura Romero (V) y de Félix Alonso Vargas Nieve (F), domiciliado EN: La Parcela 16 casa n° 21 del Complejo Habitacional Paramaconi, de esta ciudad de Maturín estado Monagas.
DE LOS HECHOS Y MOTIVOS EN RELACIÓN LOS ACUSADOS
“ En fecha 06 de julio de 2010 , siendo aproximadamente las 10 y 30 horas de la mañana, el funcionario JOSE ROMERO, encontrándose de servicio de patrullaje por el sector los guaritos, maturín estado Monagas, en compañía con el funcionario YASMIL MORENO, recibieron llamado del centralista de radio 171 informándoles que se trasladaran hacia el sector la Puente, adyacente al ambulatorio José Maria Vargas, que presuntamente dos ciudadanos habían despojado de un vehiculo y que el ciudadano victima tenia ubicado a los dos ciudadanos conjuntamente con el automotor, obtenida esta información procedieron a trasladarse al lugar antes indicado por el centralista una vez en el lugar avistaron a un ciudadano que les hacia senas para que se detuvieran procediendo a aproximarse al mismo quien dijo ser y llamarse JOSE TAPIAS, el cual les informo que dos ciudadanos portando armas de fuego lo habían despojado de un vehiculo clase MOTO, marca TIANMA, modelo TM125, color AZUL y que los mismos se encontraban en la calle que esta detrás del ambulatorio antes mencionado, procediendo a trasladarse con el ciudadano victima al referido lugar señalándonos a dos ciudadanos que estaban reparando un vehiculo moto con las características similares a la que había indicado por lo que se procedió a darle la voz de alto a los ciudadanos , siendo informados que iban a ser objetos de una revisión corporal y que si ocultaban algún objeto de índole Criminalístico que los exhibieran, manifestando esto que no ocultaban nada, procediéndose a la inspección el cual no se le encontró ningún objeto de índole Criminalístico, luego de solicitarle su documentación quedaron identificados como VICTOR MARTINEZ y FREIKE ROMERO, luego inspeccionaron el automotor quedando el vehiculo registrado con las siguientes características clase MOTO, marca TIANMA, modelo TM125, color AZUL serial de carrocería LP5PCJBO570101114, serial del motor TM157FMI72D200004, logrando percibir que si era el automotor que le robaron al ciudadano por tal motivo procedieron a practicar la detención de los mismos..”.
Admisión del Escrito Acusatorio y Calificación Jurídica
Se admitió totalmente la acusación presentada por el Fiscal Segundo del Ministerio Público Abg. ANA CONDE, contra los ciudadanos VICTOR IVAN MARTINEZ RUIZ, titular de la cédula de identidad N°. 19.914.457, nacionalidad Venezolano, Natural de la Guaira estado Vargas, nacido en fecha 08/09/1991, de 18 años de edad, Ocupación: Obrero, Estado civil: Soltero, hijo de: Rosa Elena Ruiz Torrealba (F) y de Cesar Enrique Martínez (V), domiciliado EN: La Parcela 16 casa n° 23 del Complejo Habitacional Paramaconi, de esta ciudad de Maturín estado Monagas, y FREIKE JOSE ROMERO MARTINEZ, titular de la cédula de identidad N°. 22.836.770, nacionalidad Venezolano, Natural de la Guaira estado Vargas, nacido en fecha 06/07/1989, de 21 años de edad, Ocupación: Obrero, Estado civil: Soltero, hijo de: Neura Romero (V) y de Félix Alonso Vargas Nieve (F), domiciliado EN: La Parcela 16 casa n° 21 del Complejo Habitacional Paramaconi, de esta ciudad de Maturín estado Monagas, por la presunta comisión del delito de ROBO AGRAVADO DE VEHICULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en los artículos 5 y 6 ordinales 1, 2 y 3 de la Ley Sobre Hurto y Robo de Vehiculo, en perjuicio del ciudadano JOSE TAPIAS.
Pruebas Admitidas
Se admiten las pruebas promovidas por parte de la Vindicta Pública, en el escrito acusatorio, por considerarlas que fueron obtenidas de manera legal, lícita y son útiles, pertinentes y necesarias para el esclarecimiento de los hechos y la búsqueda de la verdad en el presente caso, en cuanto a las pruebas documentales estas se admiten, igualmente se le cede el derecho a la defensa Pública de adherirse a las prueba aportadas por la representación fiscal en base a la comunidad de las pruebas.
Orden de Abrir el Juicio Oral y Público
Se ordena la Apertura a JUICIO ORAL Y PÚBLICO, a tenor de lo dispuesto en el Artículo 330 ordinal 2° del Código Orgánico Procesal Penal, admitiendo en consecuencia la calificación jurídica dada por parte del Fiscal del Ministerio Público contra el ciudadano VICTOR IVAN MARTINEZ RUIZ, titular de la cédula de identidad N°. 19.914.457, nacionalidad Venezolano, Natural de la Guaira estado Vargas, nacido en fecha 08/09/1991, de 18 años de edad, Ocupación: Obrero, Estado civil: Soltero, hijo de: Rosa Elena Ruiz Torrealba (F) y de Cesar Enrique Martínez (V), domiciliado EN: La Parcela 16 casa n° 23 del Complejo Habitacional Paramaconi, de esta ciudad de Maturín estado Monagas, y FREIKE JOSE ROMERO MARTINEZ, titular de la cédula de identidad N°. 22.836.770, nacionalidad Venezolano, Natural de la Guaira estado Vargas, nacido en fecha 06/07/1989, de 21 años de edad, Ocupación: Obrero, Estado civil: Soltero, hijo de: Neura Romero (V) y de Félix Alonso Vargas Nieve (F), domiciliado EN: La Parcela 16 casa n° 21 del Complejo Habitacional Paramaconi, de esta ciudad de Maturín estado Monagas, por la presunta comisión del delito de ROBO AGRAVADO DE VEHICULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en los artículos 5 y 6 ordinales 1, 2 y 3 de la Ley Sobre Hurto y Robo de Vehiculo, en perjuicio del ciudadano JOSE TAPIAS. Se mantiene la Medida Privativa de Libertad, decretada en fecha Diez (10) del Mes de Julio del año 2010, por el tribunal Cuarto de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del estado Monagas.
Emplazamiento a las partes
Se emplazo a las partes para que un plazo común de cinco (5) días concurran ante el tribunal de Juicio que ha de conocer el presente asunto. Se mantiene de manera incólume la medida Privativa contra el referido acusado, decretada en su oportunidad por un tribunal de control del Circuito Judicial penal del estado Monagas y como sitio de reclusión el Internado Judicial Penal del Estado Monagas
Instrucción al Secretario
Se instruyo a la Secretaria de Sala a remitir las actuaciones correspondientes a la Fase Preparatoria a la Fiscalía Segunda del Ministerio Público de este Estado y las actuaciones correspondientes a la Fase Intermedia a la Oficina de Recepción y Distribución de Documentos de este Circuito Judicial Penal, a los fines de que sea distribuido al Tribunal de Juicio Correspondiente, en la oportunidad de Legal.
El Juez
ABG. LARRY JOSÉ ZULETA
El Secretario