REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE CONTROL
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal SEGUNDO de Primera Instancia Penal en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas
Maturín, 17 de Septiembre de 2010
200º y 151º
ASUNTO PRINCIPAL : NP01-P-2010-007477
ASUNTO : NP01-P-2010-007477
Corresponde a este Tribunal pronunciarse en la presente causa, en la cual la Fiscalía Decimaquinta del Ministerio Público requiere una PRORROGA de NOVENTA (90) DÍAS para dar término a la investigación, llevada en contra de los investigados JUAN SUAREZ y CARLOS EDUARDO SUAREZ, alegando dicho Despacho Fiscal que para proceder al acto conclusivo, aún faltan diligencias que practicar para poder esclarecer los hechos.-
Ahora bien, aún cuando la Fiscalía NO específica los actos o diligencias que le faltan por practicar, y como quiera que se encuentra dentro del lapso establecido en el artículo 79 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, ya que la investigación se inició el 08 de Junio de 2010, lo que significa que los cuatro (04) meses precluyen el 08 de Octubre de 2010, esta Juzgadora, considera que la solicitud se encuentra ajustada a Derecho, y por ende concede a la Fiscalía Decimaquinta del Ministerio Público, la PRORROGA de NOVENTA (90) DÍAS contados a partir de la culminación de los CUATRO (04) MESES que fueron referidos anteriormente.-
En razón de ello, este Tribunal ACUERDA remitir la presente causa al Despacho de la Fiscalía Decimaquinta del Ministerio Público del Estado Monagas.-
Regístrese la presente decisión y déjese copia.-
La Jueza,
ABG. YLCIA PÉREZ JOSEPH.-
El Secretario,
Abg. Henrry Maicán.-