JUZGADO SUPERIOR QUINTO AGRARIO Y CIVIL-BIENES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS CON COMPETENCIA EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA REGION SUR ORIENTAL.
Maturín, 30 de septiembre de 2010
200º y 151º

Visto el escrito presentado en fecha 20 de septiembre de 2010, por el abogado ANDRÉS ELOY MARTÍNEZ RODRÍGUEZ, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 23.952, actuando en su propio nombre y representación, con el cual promueve pruebas, este Tribunal, siendo la oportunidad para pronunciarse sobre su admisibilidad, pasa a decidir en los siguientes términos:
I
De las Documentales
Con relación a las documentales promovidas en el escrito probatorio, éste Tribunal, las admite en cuanto ha lugar en derecho se refiere, salvo su apreciación en la sentencia definitiva, por no ser manifiestamente ilegales ni impertinentes, y por cuanto las misma constan en actas, manténganse en el expediente. Así se decide.
Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del Juzgado Superior Quinto Agrario y Civil Bienes de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas con Competencia en lo Contencioso Administrativo de la Región Sur Oriental. En Maturín a los Treinta (30) días del mes de septiembre del Año Dos Mil Diez (2010). Año 200º de la Independencia y 151º de la Federación.-
Jueza Provisoria,

SILVIA JULIA ESPINOZA SALAZAR
La Secretaria,

MARY CÁCERES YNFANTE
Expediente 3854
SJVES//MCY//tysm